Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la Cesación de la sanción de privación de Libertad por la medida de libertad Asistida por el tiempo que le resta de Tres meses y Diecinueve días; a partir del día de mañana 15/01/05 hasta el día: 05/05/05 fecha en la cual cesara la sanción Al Adolescente: Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA. Todo de conformidad con los artículos 626 y 629, en concordancia con el Art. 646 y articulo 647 literal ¿e¿ y "f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Libérese la correspondiente Boletas de libertad, oficio a la coordinadora defensoria integral de la Familia, mujer, niño y Adolescente; ubicada en la Av. Pumarrosa, cerca de la Farmacia La Milagrosa Punto Fijo; Abg. Yosmiriam Mosquera. Quedan.....