este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara al acusado; JOEL ENRRIQUE GUTIERREZ ANDARA, cédula de identidad Nº 7.988.078, nacido en Barquisimeto, estado Lara, el 30-12-1962 de 50 años de edad, domiciliado en la Urbanización Cruz Verde, calle 05, Sector 02, Vereda 08, casa numero 08, de ocupación obrero; CULPABLE del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, delito previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, conforme al procedimiento por ADMISIÓN DE HECHOS, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En virtud de los anteriores pronunciamientos y apreciando las circunstancias atenuantes, indicadas, se consideró pertinente aplicar .....