DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como Juzgado de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SANCIONA AL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA por ser responsable de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículo 458, 414 y en el numeral 1° del artículo 218 del Código Penal, respectivamente, y VIOLENCIA FISICA previsto en el artículo 15 numeral 4 de la Ley Orgánica sobre Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 42 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO CORONEL, AMILCAR DARIO GUARIATO y ANA GREGORIA QUERALES, respectivamente, imponiéndole como sanción las medidas de PRIVACION DE LIBERTAD, por el lapso de seis (6) meses, y.....