DECISIÓN
En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: de Conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA el ARCHIVO de las actuaciones. Segundo: como consecuencia de lo anterior, se DECRETA el Cese Inmediato de toda medida de coerción personal, cautelar y de aseguramiento impuesta, así como la condición de imputado, al ciudadano EDUARDO JOSE MARCANO, de Nacionalidad Venezolana, Natural Punto fijo estado Falcón, nacido en fecha: 23-05-76, titular de la Cédula de Identidad N° V.12.243.823, de 32 años de edad, de Estado Civil: Soltero, Grado de Instrucción: 6 GRADO, domiciliado en Sector Universitario, Calle Principal, al Frente de la Agencia de Lotería Facilito, Casa Nro. 21 de color verde, de Profesión u Oficio: V.....