este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La redención de pena por el trabajo y el estudio por el tiempo de NUEVE (09) MESES y CINCO (05) DÍAS al ciudadano MIGUEL ANTONIO LAGUNA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-19.927.104, venezolano, mayor de edad, soltero, residenciado en calle El sol con calle isla de oro, Casa sin número, Coro, estado Falcón, actualmente recluido en la comunidad penitenciaria de esta ciudad, quien fuera condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del código penal vigente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente y OCULTAMIENTO DE ARMA DE F.....