este Tribunal primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a sus atribuciones y competencias previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadano WILFREDO RAMÓN VARGAS SÁNCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.379.3533, con domicilio en la carretera Coro-Churuguara, sector El Hatillo II, , casa sin número, parroquia Guzmán Guillermo, Municipio Miranda del estado Falcón, condenado a la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del código penal vigente por la comisión de los delitos de EXTRACCION DE MINERALES, previsto y sancionado en el articulo 22 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, y OPERAR Y MAN.....