En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, declara: PRIMERO: ADMISIBLE, el escrito de querella acusatoria presentado de conformidad con los artículos 274, 275,276 y 278, del Código Orgánico Procesal Penal, por la ciudadana YUSMELI MARGARITA TOVAR TAVERA, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro.13.789.270, de 37 años de edad, de profesión Ingeniero Civil, Domiciliada en la Carretera Nacional Morón Coro, Sector el Paraíso, Municipio Colina del Estado Falcón, Teléfono 0426-567-5891, asistida por el profesional del derecho ABG. OSWALDO JESUS MADRIZ ROBERTY, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro.V-12.489.344, domiciliado en la Carretera Nacional Morón Coro, Sector la Esmeralda Municipio Colina del Estado Falcón, Finca Sabrína inscrito en el IPSA bajo el N° 101.864; en contra d.....