Es por lo que éste, Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a las facultades conferidas en el numeral 1 del artículo 479 del Copp, en relación con el artículo 52 del Código Penal Venezolano, y por ser la conversión de pena reclusoria en Confinamiento una formula de Prelibertad dentro proceso penal, procede a REVOCAR la conversión de pena en CONFINAMIENTO otorgada como beneficio en fecha 30 de Julio del año 2003 al penado JESUS JOSE LA ROSA ROMERO, quién es venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la cédula de identidad número10.707.705, inicialmente residenciado en la Vía Santa Ana casa número 210, Parroquia Santa Ana, Municipio Autónomo Carirubana de Punto Fijo, pero confinado a residir en la Calle Iturbe, final avenida El Tenis, sector .....