Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: Imposición de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, consagradas en el artículo 256, en sus ordinales 3° y 4°,esto es la presentación cada quince (15) días ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público y Prohibición de salida del territorio de la República Bolivariana de Venezuela sin autorización del Tribunal, al ciudadano: GEOVANNY GREGORIO NAVARRO MORALES, venezolano, de 33 años de edad, casado, y residenciado en Pedregal Sector el Barranco casa s/n, titular de la cédula de identidad N° V-11.140.708. Así decide. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Libérese las correspondiente Boleta de Libertad. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en su oportunidad legal, a los fines que continué .....