Por todos los argumentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la oposición a la ejecución a la medida preventiva de embargo realizada, por los ciudadanos VICTOR NADID TROMPIZ LUGO y HENRY ANTONIO RODRIGUEZ PEROZO, codemandados de autos en el juicio de intimación incoado por el abogado ANDRES RAMON MATOS ROSALES, en cuanto al vehículo de las siguientes características: Marca Encava; Modelo 1991; Año: 1991; Color Blanco y Multicolor; Tipo Colectivo; Uso: Transporte Público; serial de carrocería 1-4163; serial del motor 489496; Placas AK-810X ARAGUA. En consecuencia, se decreta la medida preventiva de embargo recaída sobre el mencionado vehículo y se suspende la ejecución de la misma hasta tanto conste en el expedient.....