este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, con sede en Coro, Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal y SIN LUGAR la solicitud de la defensa y en consecuencia se le impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, las medidas cautelares sustitutivas de libertad, previstas en los literales "B" y "C" del artículo 582 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se le obliga a someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal, quien presente en sala se constituye la custodia, comprometiéndose a someterlo al proceso y la obligación de presentarse cada treinta (30) días por ante este Circuito Judicial. Asimismo se le prohíbe al adolescente la prohibición de andar con personas adultas y de dudosa reputación, prohibición de consumir sust.....