En virtud de las consideraciones que preceden, esta Jueza Temporal del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara con lugar la demanda de obligación de manutención, incoada por la ciudadana Dayana Alejandra Matheus Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.497.049, debidamente asistida por el abogado Americo Díaz Linares, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº 5.885.178, inscrito en el I.P.S.A. bajo el numero 65.178, en contra del ciudadano José Luís García Camarrillo. Por lo que, se fija el pago de la Obligación de manutención por la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (1.500.00 BS) MENSUALES, para lo cual se debe oficiar al Complejo Refinador Paraguaná Cardón Departamento de PDVMARINA, así como la retenci.....