Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de Apelación incoado por las Abg. María Elena Herrera y Nadezca Torrealba, Defensoras Privadas, en representación del ciudadano Leomar José Serra Álvarez, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Enero del presente año, por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, el cual decretó La Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano ante referido.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
La Presidente,
DRA. GLENDA OVIEDO
MAGISTRADA
RENGEL MONTES CHIRINOS NAGGY RICHANI.....