Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: Primero: Declara procedente la Libertad Plena de los Ciudadanos ANGEL ANTONIO GARCÍA CUARTE, LENIS JOSÉ GARCÍA GARCÍA y YOMAIRA SEGUNDA GARCÍA FRANCO, plenamente identificados en auto, por considerar que no existen suficientes elementos de convicción para presumir que los imputados de autos sean los autores o partícipes del hecho que se les imputa. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 , 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Libérense las correspondientes Boletas de Libertad. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en su oportunidad legal para que.....