En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Rómulo Perozo Quevedo, en su carácter de apoderado de la sociedad Seguros Progreso, S.A., contra el auto del 29 de noviembre de 1993, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, dictado en el juicio seguido por FRUMENTIO CUAURO contra la mencionada empresaria por indemnización de daños materiales provenientes de accidente de tránsito, proceso que fue decidido por el Tribunal de la causa a favor del demandante; por decaimiento de la acción recursiva ejercida por el abogado Romulo Perozo Quevedo, en su carácter de apoderado de la Sociedad SEGUROS PROGRESO, S.A.
SEGUNDO: Se confirma el auto apelado.
TERCERO: No se impone costas procesales al apelante.