este Tribunal de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 501 del Código Civil Venezolano, ordena en forma SUMARIA, ESTAMPAR la debida nota marginal en el Acta de MATRIMONIO de la ciudadana MALVELIS JOSEFINA MATHEUS CHIRINOS, la cual corre inserta en los libros de registros de Matrimonios que reposan en la Dirección Municipal de Registro Civil del Municipio San Francisco del Estado Falcón, y en el duplicado de los Libros de Registro Civil de Matrimonio que reposa en el archivo de la Oficina de Registro Civil Principal del Estado Falcón, bajo el No. 11, de fecha 06 de Marzo de 1993, de la siguiente manera: donde dice "10.475.960", refiriéndose al numero de cedula de la solicitante, ciudadana MALVELIS JOSEFINA MATHEUS CHIRINOS, debe decir "10.478.960", que es lo correcto y verdadero; y ASÍ SE DECIDE.