Por las razones antes expuestas este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos, JULIO CESAR MELENDEZ y ARELY YELIVET CAÑIZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 15.460.615 y 14.263.967, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada ROSA ISELA MARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 154.391, en consecuencia téngase como estado Civil Divorciados, a los ciudadanos antes identificados. Y ASI SE DECIDE.-