este tribunal pasa a practicar el Cómputo de pena que corresponde al penado ALBERTO JESUS GARCIA ARIAS, quien es venezolano, mayor de edad , titular de la Cédula de identidad N° 14.168.435, residenciado en el Parcelamiento Sur Independencia, calle Proyecto, casa S/N, coro Estado Falcón, condenado por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 31 la Ley orgánica contra el trafico ilícito y consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el Articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ESTADO VENEZOLANO, cumplir la Pena de TRES (3) AÑOS y SEIS (6) DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente y en tal sentido se observa