Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: NERVIS ANTONIO CASTILLO TORREALBA Y MARIA YELITZA MORILLO ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.204.983 y V-16.520.519, respectivamente, domiciliados en la "Calle San Miguel, Número 11, entre Jabonería y Democracia ", en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda, Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil de la Parroquia El Charal, Municipio Unión del Estado Falcón, en fecha 21/06/1996. SEGUNDO: Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión y remítase al Registro Civil Principal .....