DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO DE INMUEBLE ARRENDADO, incoada por el ciudadano ANTOLINO REGINO LOPEZ PACHANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.362.879, representado por el abogado en ejercicio ALIRIO LUCIDIO PUCHE NUCETE, Inscrito en el inpreabogado bajo el N° 55.842, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL DELMORAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.829.343, representado por el abogado en ejercicio GUSTAVO VARGAS, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 45.731 y ACUERDA:
PRIMERO: A DESALOJAR y entregar totalmente desocupado el inmueble arrendado, constituido por una casa y terreno, ubicado en la calle Libertad, entre calle González y avenida Manaure, signada con el N° 152, en esta ciudad de Coro Estado Falcón, la cual se encuentra ubicada dentro de los siguientes linderos: Norte: calle publica denominada la Libertad; Sur: Casa y solar que son o fueron de F. Gianni y C.A. sucesores hoy .....