En consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA en el juicio que por COBRO DE BOLÌVARES (INTIMACIÒN) incoara la CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIALISTA DEL ESTADO FALCÓN (CORPOFALCON) en contra del ciudadano JULIO ANTONIO VERA LEAÑEZ; y de los ciudadanos ANA JULIA PARTIDAS, FRANCISCO JOSÉ ARTEAGA, MARIAJOSE YOSELY ARTEAGA, RUBEN ANTONIO LEAÑEZ, ANA LEANETH LEAÑEZ, MANUEL GARCÍA LEAÑEZ, HENRY ÁVILA, RODOLFO ANTONIO OLIVERA, ISMAEL A. ROSELL, TAYRIS RUIZ PEÑA, ELBA LUCINA LUZARDO y LILIANA GONZÁLEZ; en su carácter de fiadores solidarios, en el Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo del Estado Falcón a los fines de que se proceda a sustanciar la presente demanda.