Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 267, 268 y 269 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, por la ciudadana ELVIRA CANDELARIA GARCIA GARCIA, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.926.847, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio FRANCISCO ANTONIO SANGRONIS, abogado libre ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.514.701, con domicilio en el Edificio Ferial, Piso I, Oficina 16, Cale Falcòn, de la ciudad de Ciudad de Santa Ana de Coro, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda estado Falcòn, correo franciscosangronis66@gmail.com, telefono 0.....