Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN EXTENSION EN PUNTO FIJO, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de sentencia definitiva firme ejecutoriada, sin perjuicio de que pueda ser ajustado en beneficio de la niña de conformidad con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
El ciudadano VICTOR HUGO ARIAS AMAYA, retirará a la niña, en el hogar materno los domingos a las 6:00 p.m. y la regresará el día martes a las 9:00 a.m., en cuanto a Semana Santa y Carnaval, con la madre, en vista de que en esas fechas, el padre trabaja; en cuanto a las vacaciones escolares, la niña compartirá con su padre desde el día 16 de julio al 16 de septie.....