DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se decreta al ciudadano YANS COSCULLUELA MORENO, CUBANO, de 34años de edad, SOLTERO, de ocupación MEDICO, titular de la Cedula de identidad Nº E.-84.494.776, fecha de nacimiento 02-11-80, Natural de CUBA, residenciado en el puerta maraven calle los sanjones casa numero 01, cerca del alcalde Alcides de color amarillo teléfono: 0416-161-43-56, SEGUNDO Se decreta la flagrancia de conformidad con lo previsto en el artículo 234 y el trámite del procedimiento ordinario. TERCERO; se le advierte al imputado de las consecuencias del incumplimiento de la medida aquí impuesta. CUARTO; se declara con lugar la precalificación realizada por el Ministerio Público, QUINTO:Notifíquese. Remítase la causa a la respectiva Fiscalía. Cúmplase.-
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG.....