En suma de todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA DECLINACIÓN DE LA COMPETENCIA en el presente asunto penal Nº IP01-P-2005-5229, seguido contra los ciudadanos JUAN JOSE ARIAS, NIUMAN JOSE ACOSTA SAAVEDRA, GURMENSINDO ARIAS MEDINA, JOSE LUIS COLINA, Y EDUARDO RAMON GONZÁLEZ CELLI, por la presunta comisión de uno de los delitos establecido en la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano, en el Juzgado de Primera Instancia de Control de la Extensión de Tucacas de este Circuito Judicial Penal, a tenor de lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse las actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la mencionada Extensión, para que sea distribuido en uno de los Tribunales de Control de esa Extensión de este Circuito Judicial Penal. Líbrese oficio.....