En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la RECUSACIÓN interpuesta por los abogados EUDES CAMACHO y CESAR CURIEL, abogados en ejercicio legal inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 154.298 y 3.959 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano STAVROS KOUFI CARAMANOLI, cédula de identidad Nº 9.923.440, contra la abogada ZENAIDA MORA De LOPEZ, en su carácter de Jueza Segunda del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, en la causa N° 1.293, de la nomenclatura llevada por ese Tribunal, en el procedimiento de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, seguido por los ciudadanos FOTIOS, FOTEINI, ERIFYLI y ANNA SEPETADELIS, de nacionalidad Griegos, mayores de edad, con pasaportes Nº AE4928180.....