Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Joven adolescente: IDENTIDAD OMITIDA,, por estar incurso en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, tipificado en el artículo 406, concatenado con el artículo 80 en su segundo aparte del Código Penal Vigente, sancionado en el artículo 628 de la Orgánica para la Protección del niño niña y adolescente en perjuicio del ciudadano EDWAR DAVID GONZALEZ a quien se le impuso del cumplimiento de la Sanción de Un Año de Reglas de Conducta Consistente estas en 1- Consignar Constancia de Estudio y Notas de Estudio dentro de Un (1) Mes, 2- No Cometer otro hecho delictivo, 3- Estar bajo la Vigilancia de sus padres, 4- No acercarse a la Victima, 5- no permanecer en la Calle después de las 10:00 de la noche si n.....