Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de libertad interpuesta por el Defensor Público Sexto Penal Abg. EDER HERNANDEZ en representación de la ciudadana YULIMAR GOMEZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.711.365, domiciliada en Médano Blanco calle principal, casa sin número de esta ciudad, en la causa signada bajo el N° IP01-P-2004-000010 y se ordena mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de la referida ciudadana.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia autorizada. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA TERCERO DE JUICIO,
ABG. BELKIS ROMERO DE TORREALBA
LA SECRETARA DE SALA,
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