En mérito de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Tucacas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana MARÍA ELENA SALCEDO, titular de la cédula de identidad No. V-15.306.571, contra cualquier perturbación que impida el acceso y el libre desenvolvimiento de la actividad económica de la accionante en el espacio que posee en condición de arrendataria dentro del Hall de entrada en el HOTEL CARIBBEAN SUITES & RESORT, en contra de la sociedad Mercantil INVETURCA, C.A., en la persona de la ciudadana AUNDREY ARIAS, titular de la cédula de identidad No. V-12.315.189, en su condición de auditora. Así se decide.-