En fecha 12/04//2011 se le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constante de 02 folios útiles, remitido con Oficio N° 0820-204, de fecha 05/04/2011, librada en el Juicio por, COBRO DE BOLÍVARES, seguido por el Abg. Alberto Castillo Hernández actuando como endosatario de un instrumento cambiario y en el que se Decretó Medida de Ejecución Forzosa sobre Bienes Muebles propiedad del Demandado de autos. Désele entrada para su fiel y
estricto cumplimiento: se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 25/05/2011 se provee diligencia de fecha 23/05/2011, y pedimento contenido, suscrita por el Abg. Alberto Castillo H., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.863, quien actúa con el carácter que consta en autos., en .....