este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA PRIMERO: DECLARA FORMALMENTE ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal 3º de Control de esta Circunscripción Judicial Penal, en contra del penado: JAVIER JOSÉ MEDINA ODUBER, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V-22.608.044, de estado civil soltero, nacido en fecha 12.06.1986, de 25 años de edad, hijo de DANIEL MEDINA y NORIS ODUBER, domiciliado en el Barrio San José, calle José Gregorio Hernández, casa 110-1A, cerca del taller de Manuel, Coro Estado Falcón, teléfono 0426-662.66.14, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) MESES y DIECINUEVE (19) DÍAS DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: LA EXTINCIÓN DE PENA del penad.....