esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados RAFAEL JOSÉ MARCANO ARIZA y ALÍ FRANCISCO NÚÑEZ MORENO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 124.242 y 73.965 respectivamente, domiciliados en la Torre Profesional del Centro, Planta baja, oficina 4 al lado de la Notaría Pública Primera de Caracas, Avenida Lecuna entre las esquinas de Velásquez a Miseria, Caracas, Distrito capital, teléfonos 0414-2446844 y 0414-2621148 respectivamente, en sus condiciones Apoderados Judiciales del ciudadano JOAO JOSÉ RODRÍGUEZ LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.226.867, residenciado en la Prolongación Miranda, Residencias Los Tepuys, Apartamento 3-1, Tucacas, Estado Falcón, contra el auto dictado en fecha 03 de noviembre de 2008 por el referido Juzgado, media.....