Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por la Abogada GABRIELA LOPEZ ORELLANA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 104.279, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadano OSMAN ANTONIO LOPEZ ARIAS, en contra de la decisión de fecha 11 de Noviembre de 2009, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida en todas y cada una de sus partes.
TERCERO: No hay Condenatoria en Costas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.