PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, Verificada como ha sido el cumplimiento de la condición impuesta a la ciudadana imputada: BRICEÑO MILAGROS DEL VALLE, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 12.181.459. Como se puede evidenciar y constatar en el presente caso Penal, en constancia debidamente firmada y sellada por la ciudadana: LIC. GREDELYS PRADO (JEFE DE PERSONAL) representante de la MEDICATURA HOSPITAL TACARIGUA, ESTADO MIRANDA mediante la cual Avala el trabajo comunitario realizado por el la ciudadana de marras, a través de constancia de cumplimiento de condiciones, indicando en dicha misiva que el ciudadano de marras realizó trabajo comunitario en MEDICATURA HOSPITAL TACARIGUA, ESTADO MIRANDA, desde el mes de AGOSTO de 2015 hasta el DICIEMBRE de 2015 por el tiempo de CUATRO (04) meses por CUATRO (04) horas semanales, de manera responsable, así mismo consta en el expediente memoria fotográfica de las actividades realizada por el ciudadano imputado, es importante resa.....