Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos: YUSMELY JOSEFINA LUGO Y JASSY LUIS SANCHEZ ROSILLO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.654.942 y V-11.802.428, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada DIANA CALDERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.894, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos por ante el Registro Civil de la Parroquia San Gabriel del Municipio Miranda del Estado Falcón, lo cual se evidencia del acta de matrimonio N° 74, que riela a los folios 05 y 06, del presente expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previst.....