Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la revisión de medida impetrada por la DRA. ISABEL MONSALVE DE LILO, en su carácter de defensor público CUARTO adscrita a la Unidad Autónoma de la Defensa Pública de éste Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, actuando con el carácter suficientemente acreditado en actas, y por consiguiente se le impone la obligación al ciudadano JAIRO NIL GARCÍA VARGAS de presentarse por ante la Fiscalía SEPTIMA del Ministerio Público y por la ante la Defensoría Pública CUARTA de este Circuito Judicial Penal, cada TREINTA (30) DÍAS.
Publíquese, regístrese y notifíquese la presente decisión.
El Juez
Abg. Néstor Luis Castellano Molero
La Secretaria,
Abg. Jenny Oviol Riv.....