Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del éste Circuito Judicial Penal, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION interpuesta por la Fiscalía 1° del Ministerio Público en contra de ciudadano JULIO ALONSO JAIME RIVERO, titular de la cédula de identidad No. V-14.028.461, de 36 años de edad, nacido en fecha 25-08-1977, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio pescador, natural de la Vela de Coro, Estado Falcón y residenciado en carretera Morón Coro, a dos casa del Puesto del Comando de Transito Terrestre de la Vela de Coro, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio del ci.....