Basados en las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: A partir de la fecha lunes 09 de septiembre de 2013, el cumplimiento Total de la Pena en el ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2007-004821, impuesta contra el POMPILIO JOSÉ NAVEDA ACOSTA, Venezolano, mayor de edad, comerciante, soltero, residenciado en el Caserío Santa María, Municipio Buchivacoa frente al Restaurante "El Conductor" y titular de la cédula de identidad Nº V-7.886.959, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, y quien se encuentra actualmente en libertad. SEGUNDO: a pesar de ser publicad.....