DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO LA EXTINCION DE LA ACCIÖN PENAL, por el cumplimiento de la condena al penado: CIRO ANGEL DIAZ, venezolano, nacido en fecha: 23-11-1952, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 4.150.409, de 54 años de edad, de Estado Civil: Divorciado, Grado de Instrucción: Bachiller, domiciliado en la Calle 71, Casa N° 27-166 de la Urbanización Santa María de Maracaibo, Estado Zulia, a dos cuadras de la Plaza del Mar, Teléfono: 0261-752-68-33, de Profesión u Oficio: Obrero, hijo de Olga Díaz y Ciro Delgado. Condenado a Cumplir una pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de: APROPIACIÒN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468, del Código Penal, igualmente condenado a cumplir las penas accesorias p.....