Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 318 numeral 2ª del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa que se instruye al ciudadano POR IDENTIFICAR, donde aparece como victima el ciudadano JULIO RAMON ARIAS PRIMERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.580.546, residenciado en Barrio Blanquita de Pérez, calle Domingo Hurtado, Casa N° 4, Municipio Carirubana, Estado Falcón.