Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto seguido contra de los ciudadanos: YUSMELIS ISOLINA GIRON y LUIS ALBERTO DUMONT, con motivo de la presunta comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduana y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con los ordinales 1° y 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, cesa la medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en la presentación cada 30 días por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
ABG. JENNY OVIOL RIVERO
JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. KRIS MORRIS FIGUEROA
EL SECRETARIO
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