Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD en contra de los Ciudadanos ROY CARLOMAR MATOS CAMACHO y JHONNY GREGORIO MORALES , venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de identidad N° 8.608.769 y 9.525.636 respectivamente, residenciados el Primero en la Localidad de Yaracal, Municipio Monseñor Iturriza del estado falcón y el segundo en la localidad de Mirimire, Municipio San Francisco del estado Falcón por considrarlos incursos en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en la Ley sobre el Hurto y Robo de vehículos automotores. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256, ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes de la presente decisión por encontrarse presentes. Re.....