este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 479 eiusdem, pasa a actualizar el cómputo de la pena del penado RENNY AQUILES SANGRONIS MOLINA, titular de la Cédula de Identidad N ° 17.925.222., soltero, dirección de habitación calle 3 casa s/n, detrás del Hotel Alfredo del sector Sabana Larga del Estado Falcón, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN más las accesorias de ley, por encontrarlos responsables del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Articulo 31 de la Ley Orgánica sobre el Consumo y el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Homicidio, en perjuicio del Estado Venezolano, y quien actualmente cumple condena en la Comunidad Penitenciaria del estado Falcón; en tal sentido este .....