Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos: JOSE ANGEL CAMACHO y MIRIAM MARGARITA ROMERO DE CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédulas de identidad Nros: V- 7.487.561 y 7.481.587, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada AIDA HENRIQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.669, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos por ante el Juzgado del Municipio Guzmán Guillermo, Distrito Miranda, hoy Municipio Miranda del Estado Falcón, el día 18 de Julio del 1980, lo cual se evidencia del acta de matrimonio Nº 29, que riela al folio 02, del presente expediente.
Asimismo, en cuanto a los bienes adquiridos durante la unión matrimonial,.....