La Jueza oídas las exposiciones de las partes de su determinación Judicial dando a conocer la parte dispositiva la cual es el siguiente tenor: ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la Solicitud del Ministerio Publico y la Defensa Publica, y se decreta una MEDIDA CAUTELAR en relación al artículo 582 literal "b", "f" y "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el caso del literal "b", la entrega de los adolescentes a sus representantes legales; literal "f", la prohibición de reunirse bajo ningún concepto a los efectos de marchas, ni participar en ningún evento de conmoción pública, y el literal "h" la inserción o continuidad académica del Sistema Educativo en relación a los adolescentes DANIEL ALEXANDER ACOSTA MORALES, ALBERTO RAFAEL MADRID ARAPE, JOSÉ GREGOR.....