Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Y por Autoridad de la Ley, Decreta la Medida de Protección, consistente en Apostamiento Policial en la residencia de las victimas: Permalis Castro Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número: 14.226.763, domiciliada en el Barrio Ali Primera, Via Fluor, casa numero 11, frente al deposito de Vengas Punto Fijo Estado Falcón, y la Ciudadana kayvic fracosa Mújica, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número: 7.142.151., domiciliada en la Urbanización Santa Irene, casa N° 3, Avenida los Piña color beich con ladrillo, Punto Fijo Estado Falcón:. Estarán al resguardo por Funcionarios de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón. Ofíciese al Ciudadano Comandante a fin de que sea designado funcionarios de esa Institución,.....