este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: DECLARAR CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público e Impone al ciudadano JOSE GREGORIO CORONEL CHIRINOS, titular de la Cédula de Identidad N° 15.916.944, de la Medida Cautelar contemplada en el numeral 8° del Artículo 92 de la Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, consistente en la Prohibición de agredir tanto verbal, física o psicológicamente a la víctima, por sí o por interpuestas personas. Se ordena, de conformidad con el artículo 101 eiusdem que las presentes actuaciones sean remitidas a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público, para que continúe con el procedimiento.-