este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VÌNCULO MATRIMONIAL que unía a los Ciudadanos los Ciudadanos: DANIEL ENRIQUE ZAMBRANO MORA y ANGIE ESPERANZA POLO LEON, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.443.565 y V-15.017.735, respectivamente, contraído en fecha 06 de mayo de 2006, por ante el Registro Civil de la Parroquia Carirubana del estado Falcón la cual corre inserta bajo el acta Nº 110, del libro de Registro civil de Matrimonios llevados en ese Despacho.