Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa relativa al ordinal 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa relativa al ordinal 6° del artículo 346 en concordancia con el numeral 4° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
TERCERO: SIN LUGAR la cuestión previa relativa al ordinal 6° del artículo 346 en concordancia con el numeral 6° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
CUARTO: CON LUGAR la cuestión previa relativa al ordinal 6° del artículo 346 en concordancia con el numeral 7° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
No hay condenatoria en costas de conformi.....