DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara el ABANDONO de la Acusación Privada instaurada por el ciudadano JEAN CARLOS MOSQUERA QUERO, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.723.464, asistido por la profesional del derecho YSBETH CAROLINA LOPEZ ORTIZ, por la presunta comisión del delito de APROPIACION IDEBIDA, previstos y sancionados en los artículos 468, 469 y 470 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de os ciudadanos JOAN JESUS REYES CEBALLO, YOEL ANTONIO REYES CEBALLO y ANDRY JOSE GARCES ROMERO, todo de conformidad con lo previsto en el Cuarto Aparte del Articulo 407º del Código Orgánico Procesal Penal, extinguiéndose en consecuencia la acción penal para el querellante ante la falta de interés procesal, ell.....